A- de 2013
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Alfonso Rafael Madrid Garcia Vs Alcaldia Distrital De Santa Marta Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de Juzgado Penal del Circuito
- Normas que determinan la competencia
- Reiteración Auto 124/09
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia.
La solicitud de amparo le correspondió por reparto al Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Garantía de Santa Marta, quien decidió denegar las pretensiones de la demanda, porque a su juicio eran improcedentes.
Luego de ser apelada la decisión judicial, el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Santa Marta, se abstuvo de pronunciarse de fondo al considerar que se había incurrido en un error en el curso del proceso en la primera instancia y decidió decretar la nulidad de todo lo actuado y remitir el expediente al despacho de primera instancia.
Por su parte, este juzgado se abstuvo de conocer el asunto por cuanto consideró que carecía de competencia para rehacer la actuación, en virtud de la vinculación de un juzgado con la categoría de circuito.
El proceso fue remitido al Tribunal Administrativo de Magdalena y este cuerpo colegiado también se declaró incompetente, en tanto consideró que lo debatido en el proceso no daba lugar a vincular a un juzgado administrativo del circuito, por lo que mal haría al asumir el conocimiento del litigio.
La Corte decide dejar sin efectos el auto que declaró la nulidad de lo actuado por indebida integración del contradictorio y ordena remitir el expediente al Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Santa Marta, para que sin más dilaciones continúe el trámite de segunda instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido por el Juzgado
- Cuarto. Penal de Circuito de Santa Marta, de fecha 26 de febrero de 2013 mediante el cual declaró la nulidad de lo actuado, por considerar que hubo indebida integración del contradictorio.
- Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
- Cuarto. Penal de Circuito de Santa Marta para que sin más demoras, continúe con el trámite de la segunda instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a los Juzgados
- Primero. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Santa Marta yel Tribunal Administrativo del Magdalena la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto por la Corte Constitucional.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.